Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15 de noviembre de 2002, por el ciudadano Daniel Suárez Sandoval, ya identificado, en su carácter de Director Administrativo de la sociedad mercantil Estancia Río Apon, C.A., contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 11 de noviembre de 2002, en el juicio que por Cobro de Bolívares por Intimación, sigue la sociedad mercantil "Paz Supply, C.A.", en contra de la sociedad mercantil "Estancia Río Apon, C.A.", antes identificadas.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD de la cesión de derechos litigiosos efectuada en fecha 09 de febrero de 2000, por el ciudadano Víctor Raúl Paz González, a la soc.....