Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación propuesta por el Profesional del Derecho JOSE HUMBERTO BALZA GALEAZZI, actuando con el carácter de Apoderado Especial de la Sociedad Mercantil “CONSTRUCTORA CONSROS, S.A.”, antes denominada “CONSTRUCTORA ROSARIO, S.A.” (CONSROS), ambos plenamente identificados con anterioridad, en contra del Profesional del Derecho JAVIER SOSA PACHECO, en su condición de JUEZ TITULAR del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Se impone al Recusante una multa de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000.oo), que pagará en el término de tres días al Tribunal donde se intentó la Recusación, el cual actuará de Agente del Fisco Nacional para su ingreso en la Teso.....