DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, éste Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SINLUGAR el recurso de nulidad de acto administrativo interpuesto por el ciudadano CARLOS ALBERTO VILLASMIL NAVARRO, en contra de la Providencia Administrativa N° 33, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Cabimas del Estado Zulia, de fecha 08 de Agosto de 2003, en la cual se declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano CARLOS ALBERTO VILLASMIL contra la empresa Pride Internacional, C.A..
No hay condenatoria en costas en virtud del principio de igualdad de las partes, por gozar la República del privilegio establecido en el artículo 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
.....