JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por la abogada Gilda Carleo, en su condición de apoderada judicial del municipio Maracaibo del Estado Zulia contra la medida otorgada mediante sentencia Nº 247, de fecha 20 de noviembre de 2013.
SEGUNDO: SE RATIFICA la medida de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Resolución No. 1952-2013 de fecha 09 de septiembre de 2013, dictada por la Alcaldesa del Municipio Maracaibo.
TERCERO: SE ORDENA a la Alcaldía del Municipio Maracaibo OTORGAR TEMPORALMENTE a la sociedad mercantil PARADOR TURISTICO MARACAIBO, C.A. la autorización de modificación del proyecto "Parador Turístico Maracaibo", ubicado en la Calle 77 (5 de Julio) con avenida 3F, N° 3E-45, jurisdicción de la parroquia de Santa Lucia, de este Mun.....