Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANGEL AYALA SANDOVAL en contra de REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR y el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA ALONSO GAMERO (I.U.T.A.G.) y se ordena el pago de las diferencias sobre prestaciones sociales que determine la experticia complementaria del fallo ordenada y efectuada por el experto contable que a tales fines designe éste Tribunal si las partes no pudieren hacerlo. Por último, se acuerda la corrección monetaria de las cantidades condenadas a pagar mediante experticia complementaria del fallo.
No hay condenatoria en costas por gozar la parte accionada del privilegio procesal previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica de la Pr.....