DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de Amparo Cautelar efectuada por el ciudadano EDGARDO ENDER LINARES CHACIN, y la sociedad mercantil RVM CONSTRUCCIONES C.A., representada por su Presidente el ciudadano RICARDO VARGAS MONTIEL, y asistidos en este acto por LUIS PAZ CAIZEDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 19.540, y en consecuencia: SE SUSPENDEN los efectos del acto administrativo contenido en la Orden de Proceder N° 081, de fecha 10/08/07, mediante el cual ordena a la Sociedad Mercantil PROMOCIONES LAGO VISTA C.A, la paralización inmediata de las actividades de construcción del Edificio Puerto Virginia a ser ejecutado por LA Empresa RVM CONSTRUCCIONES C.A, hasta tanto sea decidido el fondo de la presente causa para lo c.....