DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para el conocimiento, tramitación y decisión de la presente causa que por Cobro de Bolívares interpuesto por el INSTITUTO DE VIVIENDA Y HABITAD DEL ESTADO ZULIA (INZUVI), contra la empresa MANTENIMIENTO, NEGOCIOS Y VAPOR COMPAÑÍA ANONIMA, (MANEVA C.A.) y la Firma Mercantil PROSEGUROS, C.A. en su condición de fiadora solidaria y principal pagadora.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA, para conocer, sustanciar y decidir la presente causa en virtud de los argumentos anteriormente planteado, en las CORTES CONTECIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN CARACAS por cuanto la misma excede de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T).
TERCERO: Ordena REMITIR el presente expediente .....