Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el ABANDONO DEL TRAMITE, por la pérdida del interés en la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano GIOVANNI ALBERTO VASQUEZ LUENGO en contra de la Sociedad Mercantil LAGO INDUSTRIES, C.A.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.