DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitadas por la ciudadana CAROLINA MENA PINO, contra la Providencia Administrativa de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2006, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, mediante la cual resuelve declarar con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos que hiciera la ciudadana MARIA ALEJANDRA SILVA URDANETA.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a lo.....