JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición formulada por el abogado Jairo Molero Ferrer, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 56.917, procediendo con el carácter de Síndico Procurador del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la medida cautelar decretada mediante sentencia Nº 133 en fecha 24 de mayo de 2011, por éste Superior Órgano Jurisdiccional.
SEGUNDO: SE REVOCA la medida cautelar decretada por este Juzgado mediante sentencia registrada con el Nº 133 de fecha 24 de mayo de 2011.