Por las razones antes dichas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio No. 02, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la Abogada ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONVERTIDA EN DIVORCIO la SEPARACIÓN de CUERPOS que por MUTUO CONSENTIMIENTO tienen convenida y fue declarada por el Tribunal y APROBADO Y HOMOLOGADO EL ACUERDO suscrito entre los ciudadanos: JOSÉ ANGEL PEÑA QUERO y MARIA CONCEPCIÓN BRICEÑO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de la cédula de identidad Nos. V-13.561.557 y V-5.793.468, respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por las Abogadas en Ejercicio MARITZA VELASQUEZ, KELLYCE MEDINA y ALESKYS CARDOZO, inscritas en el Inpreabogado bajo el No. 38.197, 110.324 y 85.308, respectivamente y en co.....