Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la abogada ZULIMA BOSCAN VASQUEZ Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR EFECTO DE LA PERENCION, en la presente solicitud de: AUTORIZACION PARA PRESTAMO, seguido por el ciudadano JORGE ENRIQUE GOMEZ CIVADA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.161.369, domiciliado en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia. De conformidad con lo establecido en el artículo 283 ejusdem, no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, exten.....