Por las razones antes dichas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO No. 02, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la Abogada ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley DECLARA: CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS QUE POR MUTUO CONSENTIMIENTO tienen convenida y fue declarada por el Tribunal y APROBADO Y HOMOLOGADO EL ACUERDO entre los ciudadanos: JHONNY ALFREDO MENDOZA RODRIGUEZ y YECENIA BEATRIZ VILERA PEÑA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de la cédula de identidad Nos. V-12.370.990 y V-17.333.239, respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, asistidos por el Abogado en Ejercicio: JOSÉ ANTONIO MOGOLLÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 96.067, y en consecuencia disuelto el Matrimonio Civil que estos contrajeron por .....