DECLARA CON LUGAR la demanda de REVISION DE SENTENCIA POR DISMINUCION, intentada por el ciudadano HENDRIK ROJAS representado por la Abogada en ejercicio: SONIA RIVAS, inpreabogado No.36.814, en contra de la ciudadana: MILAGROS GOTERA, y en beneficio del niño y/o adolescente (cuyos nombres se omiten en razón de lo dispuesto por el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), tomándose en consideración la capacidad económica del demandante se fija como pensión alimenticia mensual la cantidad equivalente a 3/4 DEL SALARIO MINIMO URBANO establecido por el Ejecutivo Nacional, previéndose el ajuste automático y proporcional sobre el incremento que sufra el salario del trabajador en un 20%, teniéndose en cuenta el índice de la tasa de inflación determinada por el Banco Central de Venezuela, que deberá suministrar la empresa dentro de los primero 05 días de cada mes por mesadas anticipadas.
Se fija como pensión extraordinaria para satisfacer necesidade.....