Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la ABOGADA ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: SALVADOR SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-15.142.819, domiciliado en el Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, en contra de la ciudadana: FLOR MARIA PAEZ, extranjera, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. E-37.366.783, domiciliada en el Municipio Sucre del Estado Zulia y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que estos contrajeron en fecha Cinco (05) de Enero del año Mil Novecientos Setenta y Tres (1.973), por ante la Parroquia de San José de Con.....