REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO EXTENSION CABIMAS
JUEZ UNIPERSONAL No. 01.
Cabimas, 30 de marzo de 2006
195° y 147°
Vista la solicitud de Medidas que antecede, suscrita por la abogada en ejercicio: NERITZA MELEAN PORTILLO, titular de la Cédula de Identidad N.-V-7.870.129, actuando en su propio nombre y representación, inscrita en Inpreabogado No. 63.544, désele entrada y fórmese pieza de medida, en consecuencia este Tribunal resuelve: PRIMERO: En relación a las medidas de embargo solicitadas sobre SUELDO O SALARIO, HORAS EXTRAS, BONO NOCTURNO, BONO DE TRANSPORTE, BONO ALIMENTARIO, VACACIONES, UTILIDADES O AGUINALDOS, se observa que no se cumplen con los extremos legales que exige el Artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto el mismo establece que: "El Juez, al admitir la solicitud correspondiente, puede disponer las.....