Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
A. El cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero que le correspondan al demandado ciudadano: ELIO SEGUNDO MELENDEZ PADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.638.080, por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS Y FIDEICOMISO, con ocasión de su relación laboral al servicio de la empresa PDVSA.
B. Las cantidades a retener deberán ser remitidas a este Juzgado en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, EXTENSIÓN CABIMAS, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No 1. Participándole que la medida decretada y ejecutada sobre las Prestaciones Sociales, Cajas de Ahorros y Fidei.....