PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juez Unipersonal No. 1 Provisorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, extensión Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a ****************, BERÓNICA ALEJANDRA y JORGE OMAR MATHEUS MORA, en su carácter de hijos y a la ciudadana XIOMARA GUADALUPE MORA DE MATHEUS, en su condición de esposa como Únicos y Universales Herederos del ciudadano JORGE OMAR MATHEUS, antes identificado, quien falleció el día 17 de julio de 2009 , según copia certificada del acta de defunción Nº 45. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese. Regístrese Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y los numera.....