Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No.1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
Primero: Sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%), Vacaciones, que le pudieran corresponder al demandante ciudadano OCTAVIO JESUS OCHOA ROMERO, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEOS S.A.
Segundo: Sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales e Intereses, Caja o Fondo de Ahorros, Fideicomiso e Intereses, y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al demandado por servicios prestados a la referida empresa.
Las cantidades a retener por dichos conceptos deberán ser remitidas a este Despacho en Cheque de Gerencia y a la orden del mismo, una vez se vayan causando.
En relación a la medida de embargo solicitada sobre la TARJETA DE DEBITO A.....