CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana ELISA RAMONA PRIMERA TIMAURE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.- 9.319.398, actuando en representación legal de los adolescentes de autos, para que gestione ante la Empresa PDVSA, el depósito de las cantidades de dinero correspondientes por concepto de acervo hereditario a favor de los adolescentes antes identificados como herederos y beneficiarios del causante RAFAEL SEGUNDO MARTÍNEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V- 118.589 en la Cuenta de Ahorro No. 34100-67668 del Banco de Venezuela aperturada por este Tribunal, todo sin perjuicio del cumplimiento que hubiere lugar para con el Fisco Nacional