A) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la niña de autos, donde se asentó el número de cédula de identidad del progenitor como "11.215.545" cuando lo correcto es "11.315.545", identificada con el No. 754, del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco, Municipio San Francisco del estado Zulia.
B) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción íntegra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original, llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco, Municipio San Francisco del estado Zulia y la Oficina Principal del Registro Civil Estado Zulia, sin hacer alteración de la partida rectificada, colocando al margen de esta última una nota marginal señalando que la misma fue objeto de rectificación según la presente sentencia, con indicación del número, libro y fecha en la que quedó inserta esta sentenci.....