este Juez Unipersonal Nº 01, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, resuelve la Ejecución Forzosa sobre los haberes del ciudadano LUIS GERARDO GOMEZ TOYO, en el siguiente concepto:
1.- La cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.F.150,oo), quincenal por concepto de obligación de manutención, a favor del niño de autos, la cual será retenida por la empresa FLOINCA, del sueldo o salario devengado por el ciudadano LUIS GERARDO GOMEZ TOYO, titular de la cedula de identidad No.15.240.949, como trabajador al servicio de la misma, dicha cantidad asciende a TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. F.300, oo), mensuales, las mismas deberán ser entregadas directamente por ante la oficina administrativa de esa empresa a la ciudadana EDERYS CLARET NAVA ANTEQUERA, titular de la Cédula de Identidad No.13.210.009.
2.- La cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 500, oo), por concepto de Utilidades que le puedan corresponder en el presente año eco.....