Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Juez Unipersonal Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
A. Un cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales, en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte que le correspondan al demandado al servicio de la empresa TUBO SERVICIOS y sobre el cien por ciento (100%) de las cantidades de dinero por concepto de Primas por hijo, juguetes y Útiles Escolares.-
B.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas a este Juzgado en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, EXTENSIÓN CABIMAS-JUEZ UNIPERSONAL Nº 1. Participándole que la medida decretada y ejecutado sobre las Prestaciones Sociales, se remitirá a este Tribunal en todo caso de adel.....