Por los fundamentos expuestos esta Juez Unipersonal No. 1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide declarar:
APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO DE PARTICION DE BIENES, suscrito por las partes en fecha 22 de septiembre de 2007, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y sellada en el Despacho del Juez No 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas a los dos (02) días del mes de Noviembre del 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL NO 1,
ABOG. ESP. CARLOS LUI.....