declara:
¿ Subsanado el error cometido referente a las sentencias de fecha 28 de enero de 2010 y 02 de febrero de 2010, en tal sentido, lo correcto es que las medidas de embargo recaigan sobre:
a.- EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo o salario que le pudiera corresponder al ciudadano YENSY EMIRO QUIROZ FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.150.500, como trabajador al servicio de la EMPRESA LUFKIN DE VENEZUELA S.A; para salvaguardar los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal.
b.- EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del utilidades, vacaciones, horas extras, bonificación de fin de año, antigüedad, primas por hijos, liquidación de prestaciones sociales, retroactivo, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otro concepto que le pudiera corresponder al ciudadano YENSY EMIRO QUIROZ FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.150.500, como trabajador al servicio de la EMPRESA LUFKIN DE VENEZUELA S.A.; p.....