decide:
a) DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos GREILY PAOLA PEREZ GONZALEZ y LUIS ALFONSO GUERRERO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 18.408.807 y 17.481.005, respectivamente
b) APRUEBA Y HOMOLOGA, el convenio suscrito por los progenitores respecto de las instituciones familiares dirigidas a proteger a la niña (se omite el nombre de la niña por razones de confidencialidad), en el cual se establece lo siguiente:
¿ La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza, serán compartidas por ambos progenitores.
¿ La Custodia la detentará la progenitora GREILY PAOLA PEREZ GONZALEZ.
¿ En cuanto al régimen de convivencia, el padre podrá en cualquier momento , circunstancia, época, fechas y tiempos, solicitar que vaya a pernoctar en el hogar donde reside este residiendo, siempre y cuando el horario establecido para dicha solicitud no colisione con el normal desenvolvimiento de sus actividades. Para tales efectos nos.....