declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos MERVIN DE JESUS ROSARIOA y YANELIN PAOLA GONZALEZ GUTIERREZ, anteriormente identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) El progenitor aportará la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00), mensuales, a razón de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.150,oo) quincenales, los cuales depositará en una cuenta de ahorros que será apaerturada en la entidad bancaria Banco occidental de Descuento, en señal del cumplimiento alimentario, a partir del día 30 de abril de 2010, y todos los 15 y 30 de cada mes. Dicha obligación de manutención será aumentada automáticamente, cada vez y en la misma proporción en que aumenten los ingresos del progenitor como Taxista por su cuenta, y la seguirá suministrando, aunque su hijo adquiera la mayoría de edad, siempre y cuando se encuentren cursando estudios.
c) Asimismo contribuirá con el 50% de todos los gastos que se susciten en caso de que el n.....