CONCEDE AUTORIZACION AMPLIA Y SUFICIENTE, a la ciudadana CAROLINA BEATRIZ REVEROL BRIÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.298.480, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia; para que actuando en su carácter de Curador Especial de la niña (se omiten los nombres de los niñas, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), COMPRE el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de dominio, propiedad y poción sobre el inmueble identificado en la primera parte de esta resolución, por la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 125.000,oo), con RESERVA DE USUFRUCTO VITALICIO, en relación con los ciudadanos con los ciudadanos GERMAN JOSE REVEROL LOPEZ Y BEATRIZ CECILIA BRIÑEZ DE REVEROL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.720.201 y V-5.164.417 respectivamente, domiciliados igualmente en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.-
Se concede esta autorización para que la misma se realice.....