DECLARA:
A) CON LUGAR, la cuestión previa invocada; presente en el presente proceso de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE COSTAS PROCESALES, incoado por el abogado en ejercicio MANUEL FELIPE AGUILAR GOVEA, inscrito en el IPSA bajo el N° 24.100, actuando en representación de la ciudadana ARELIS COROMOTO ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V- 8.508.334, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia.-
B) ORDENA a la parte demandante a consignar un nuevo libelo de la demanda, con la corrección de las omisiones a las que se refieren dichos literales y para la dicha subsanación se le otorga un plazo de cinco (05) días, conforme al artículo anteriormente citado.-
C) SUSPENDE EL PROCESO, según lo contemplado en el Artículo 354 de la referida Ley adjetiva, hasta que el demandante subsane dichos defectos u omisiones como se indica en el artículo 350, advirtiendo que si el demandado no subsanare el libelo, dentro del plazo concedido, el pr.....