declara:
¿ La COLOCACION PROVISIONAL de los niños (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), en la ENTIDAD DE ATENCION HOGAMIN, de conformidad con lo previsto con el artículo 128 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
¿ Se ordena la comparecencia de la ciudadana JENNIFER CAROLINA VILLASMIL VILLASMIL, madre biológica de los niños de autos, a fin de que exponga lo que ha bien tenga en relación con el presente procedimiento.-
¿ Notificar al Fiscal Especializado del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
¿ Se acuerda oficiar a la ENTIDAD DE ATENCION HOGAMIN, a los fines de informales sobre la presente resolución.-