DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos CHRISTIAN ANDRES ORTEGA PALOMINO Y ANDREINA LISETH ALEMÁN ANTEPAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. V-14.120.314 Y V-15.478.318 respectivamente.-
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por ante El Intendente Municipal del Municipio Mauroa del Estado Falcón, en fecha 06 de noviembre de 2004, según se evidencia del acta de matrimonio número 77, expedida por la mencionada autoridad.-
c) Con respecto al niño (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), este Tribunal establece: 1).- En cuanto a la PATRIA POTESTAD del niño (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), será compartida por ambos progenitores. 2).- En relación a la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA del niño antes mencionado, será ejercida por ambos progenitores, .....