DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento correspondiente al niño (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el Nº 7302, con fecha 27 de noviembre de 2006, del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo por el Registro Civil de Nacimientos de la Maternidad Dr. Armando Castillo Plaza, y el Registro Principal del Estado Zulia, en consecuencia, queda rectificada el acta de nacimiento del niño antes nombrado, en virtud de que el primer nombre de la progenitora del niño de autos, es GUZMEIRA .
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado llevado por el Registro Civil de Nacimientos de la Maternidad Dr. Armando Castillo Plaza, sin hacer alteración de la partida rectificada, colocando al margen de esta última una nota ma.....