declara:
- Inadmisible la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO; incoada por el ciudadano JOSÉ DARÍO ORTIZ FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.756.557; en relación la niña (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad); y en contra de la ciudadana BELKIS ELISA CABRITA AGELVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.812.626; en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.-
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría.-