declara:
a) Aprobado y homologado el convenio de Obligación de Manutención celebrado entre los ciudadanos MARYELIN TUVIÑEZ y MERVIN RICHARD FEREIRA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.832.826 y V-14.832.717, respectivamente, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
b) Se fija la pensión mensual de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs.300, 00).
c) Para garantizar el derecho a la educación del niño, el padre se compromete a entregar la lista escolar completa de su hijo, y la madre entregará al padre la lista escolar y la constancia de estudios, para que el padre pueda cumplir con su obligación.
d) Para cubrir los gastos de la época decembrina y año nuevo, el padre se compromete a cumplir con el pago de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs.900, 00) para los gastos de dicha época en beneficio de su hijo.
e) En cuanto al rubro salud, éste será cubierto por ambos progenitores en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cada uno p.....