a) DECRETA: la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos ROSANA YOHANA GOMEZ ESTRADA y ROMULO BERNARDO PEÑAFIEL SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.280.889 y V-15.931.352 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.-
b) APRUEBA Y HOMOLOGA, el convenio suscrito por los progenitores, respecto de las instituciones familiares, dirigidas a proteger a las niñas (se omiten los nombres de los niñas, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad).-
c) Se ordena la notificación del Fiscal del Ministerio Público Especializado, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Civil.-
d) Asimismo, acuerda proveer las copias certificadas solicitadas, conforme a lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Para tal fin, se designa a la funcionaria CARLY PIÑEIRO, quien junto a la secretaria de este despacho expedirá .....