Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
CONCEDE la Autorización para Retirar Dinero por Muerte a la ciudadana Johana Puello Beltran, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº E-83.158.527; en beneficio del niño X. Así se decide.
Ordena oficiar a la empresa Petróleos de Venezuela, S.A., para que se sirvan remitir en cheque de gerencia a la orden de este Tribunal, la cuota parte de las cantidades de dinero que le corresponda al niño X, como hijo heredero del causante Jaime Alfredo Morales Mejia, quien en vida fue portador de la cédula de identidad Nº V-4.863.259, para posteriormente ser depositados en una cuenta de ahorros que ordenará a.....