• SIN LUGAR la demanda de Modificación de Custodia intentada por el ciudadano Juan Pablo Melero Huizi, portador de la cédula de identidad No. V-10.330.867, en contra de la ciudadana Bárbara Marina Boissiere Meneses, portadora de la cédula de identidad No. V-12.079.963, en relación con el adolescente y el niño (nombre omitido, art. 65 LOPNNA), de doce (12) y seis (6) años de edad, respectivamente. En consecuencia, la custodia del niño y del adolescente la ejercerá la progenitora, ciudadana Bárbara Marina Boissiere Meneses. Así se decide.
• SIN LUGAR la demanda de Autorización judicial para cambio de lugar de residencia intentada por la ciudadana Bárbara Marina Boissiere Meneses, antes identificada, en contra del ciudadano Juan Pablo Melero Huizi, en relación con el adolescente (nombre omitido, art. 65 LOPNNA) y el niño (nombre omitido, art. 65 LOPNNA), de doce (12) y seis (6) años de edad, respectivamente, quienes deben residir en la ciudad de Maracaibo, estado Zulia. En consecuencia, .....