Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve:
• Declara a los niños, niñas y adolescentes (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), y a la ciudadana Génesis Josefina Méndez Castillo como únicos y universales herederos de su progenitor, el de cujus Yani Simón Méndez Castillo, quien en vida fue portador de la cédula de identidad N° V.-10.189.005, quien falleció en fecha (13) de agosto de 2012. Así se decide.
• Declara improcedente la solicitud declarar a la ciudadana Edicta Josefina Castillo Rujano, antes identificada, como única y universal heredera del de cujus Yani Simón Méndez Castillo, quien en vida fue portador de la cédula de identidad N° V.-10.189.005, quien falleció en fecha 13 de agosto de 2012. Así se decide.
• Se dejan a salvo.....