se decreta medida de embargo ejecutivo sobre los siguientes conceptos:
1. La cantidad equivalente al treinta y siete punto seis por ciento (37.6%) del salario que perciba el ciudadano Gustavo Ramón Bravo Rojas para cubrir la obligación de manutención ordinaria mensual, lo que en la actualidad equivale a la cantidad de mil bolívares (Bs.F. 1.000,00) mensuales.
2. La cantidad equivalente al veinte por ciento (20%) del salario integral que reciba el ciudadano Gustavo Ramón Bravo Rojas, luego de hechas las deducciones de ley para el mes de septiembre, adicional a la cuota de manutención ordinaria, más la cantidad que le corresponda al referido ciudadano en beneficio del niño y el adolescente Nombres omitidospor concepto de útiles escolares, a los fines de cubrir los gastos típicos del inicio del año escolar y disfrute de vacaciones.
3. La cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) de las utilidades o aguinaldos que reciba el ciudadano Gustavo Ramón Bravo Rojas, para el mes de di.....