Por los fundamentos expuestos esta Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 3 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
¿ Declara CON LUGAR la solicitud de Justificativo de Carga Familiar presentada por el ciudadano Lubin Antonio Ávila Villarroel, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-7.702.073, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia (quien actúa en condición de abuelo paterno); en consecuencia,
¿ Declara al niño x de 2 años de edad, como CARGA FAMILIAR del ciudadano Lubin Antonio Ávila Villarroel, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-7.702.073; con la finalidad única y exclusiva de que pueda disfrutar de los beneficios que le pueden corresponder a su menor nieto producto de la relación laboral que éste mantiene como empleado de la empresa Petróleos de Venezuela,.....