PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos John Kenys Colina Molina y Merlly Josefina Méndez Gallardo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.590.623 y V-15.560.407, respectivamente, ya identificados.
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 12 de septiembre de 1998 por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Marcial Hernández del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, según se evidencia del acta de matrimonio consignada en actas signada bajo el No.76.
c) En relación con el régimen de los hijos: La Patria Potestad le cor.....