Resuelve:
A.- Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, solicitada por los ciudadanos: FRANKLIN ALEXANDER AZOCAR RONDON y MARISOL DEL VALLE FERNANDEZ DE AZOCAR.
B.- En cuanto a la Patria Potestad de las niñas será compartida por ambos padres; la Guarda y Custodia de las niñas KATHERINE CAROLINA, VERONICA CAROLINA y LISETH CAROLINA AZOCAR FERNANDEZ será ejercida por la madre; en cuanto al Régimen de Visitas, se fijo un régimen de visitas amplio, teniendo la madre la obligación de facilitar las visitas, siempre y cuando las mismas no interfieran con las actividades propias de sus hijas, tales como educación, estudio, consultas médicas, descanso o compromisos sociales, queda convenido entre los cónyuges que las visitas se harán bajo la supervisión de la madre y en caso de que se autorice la salida de las niñas, con solo la presencia del padre no compartir con estas la Srta. Soleni Sánchez Urdaneta C.I N° 12.445.797 ni familiares hasta cuarto grado de consanguinidad y segund.....