PARTE DISPOSITIVA
DECISION OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal N° 01, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
A.- Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho solicitaron los ciudadanos: LEOPOLDO SEGUNDO MARIN MACHADO Y JOHANA JEBRAY SOLANO MEDINA.
PRIMERO: La niña quedara bajo la guardia y custodia de su legítima madre, antes, identificada.
SEGUNDO: La patria potestad será compartida por ambos padres, según lo estipulado en el Artículo 360 de la Ley de Protección del Niño, Nina y Adolescente.
TERCERO: El padre podrá visitar a su hija cuantas veces lo desee, siempre y cuando no interrumpa con sus labores escolares y horas de descanso. Las vacaciones escolares, carnavales,.....