declara:
1. PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana EZAIDA JOSEFINA QUINTERO, titular de la cédula de identidad No: 4.749.026, en contra del ciudadano ANGEL ALBERTO BOSCAN QUIROZ, titular de la cédula de identidad No: 7.689.803; y en beneficio de su hijo ANGEL JOSE BOSCAN QUINTERO.
2. MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio Nº 1, las medidas preventivas decretadas, en fecha 22 de Noviembre de 2000; las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: el veinte (20%) de el sueldo que devenga el ciudadano ANGEL ALBERTO BOSCAN QUIROZ, como Trabajador de la Empresa TALLERES DE EMBOBINADOS PERIJA, C.A, para satisfacer las pensiones alimentarías de su menor hijo, el veinte (20%) de las utilidades o remuneración especial de fin de año.....