a) CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio requerida por los ciudadanos JOSE MANUEL CORREA PIÑANGO y LISSETTE BEATRIZ NIÑO CASTELLANO, ya identificados.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día dieciseis (16) de diciembre de 1.998, como consta en la copia certificada del acta de matrimonio N° 343, expedida por la mencionada autoridad.-