• Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A. El Veinte por ciento (20%) mensual del Sueldo, Cesta Ticket, Horas Extras; que devenga el ciudadano WILSON JOSE SILVA APUSHANA-
B. El Veinte por ciento (20%) anual de las Utilidades, Bonificación Especial de Fin de Año, que le correspondan al demandado para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad.
C. El Veinte por ciento (20%) anual de las Vacaciones, que le pueda corresponder al demandado de autos.
D. En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, juguetes, útiles escolares; retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos que le puedan corresponder a la niña de autos.
E. El Veinte por ciento (20%) Retroactivos, Bonos de Transferencia, Antigüedad, Caja de Ahorro, Liquidación de Prestaciones Anuales, Fideicomiso; así como cualquier otra cantidad que le corresponda en caso de despido, retiro, jubilación o muerte, y cualquier otro ingreso o aumen.....