declara:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana ELAINE COROMOTO APARICIO MENDEZ, titular de la cédula de identidad No: 5.849.860, en contra del ciudadano GERARDO LEVI BARRIOS, titular de la cédula de identidad No: 9.785.054; y en beneficio de su hija MARIA TERESA BARRIOS APARICIO.
b) MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio Nº 1, las medidas preventivas decretadas por el extinto Juzgado Tercero de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 09 de Mayo de 2000, las cuales recayeron sobre la Tercera Parte (1/3) de los siguientes conceptos: el sueldo que devenga el ciudadano GERARDO LEVI BARRIOS, como Trabajador al servicio de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de las utilidades o remune.....