DECRETAR LA SOLICITADA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENEJENAR Y GRAVAR, sobre el Doce y medio por ciento (12,5%), de la totalidad de los derechos de propiedad que le corresponden al DEMANDADO INTIMADO RAFAEL ANTONIO URDANETA PURSELLEY, sobre el inmueble denominado Ochocientas Dieciocho hectáreas con veinticinco Centiáreas (818,25 Has) del Fundo conocido como "Los Nepomucenos" el cual tiene los siguientes linderos: Norte: parcela adjudicada a Antonio Urdaneta Gutiérrez en el mismo fundo "Los Nepomucenos"; Sur: con la Tumba de Anaiz y con parcela adjudicada a Antonio Urdaneta Gutiérrez en "Los Nepomucenos"; Este: La Tumbe de Anaiz; Oeste: Comunidad de Bachaquero. Dicho inmueble le corresponde en la proporción del Doce y medio por ciento (12,5%) al hoy Intimado RAFAEL ANTONIO URDANETA PURSELLEY, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio La Cañada de Urdaneta, en fecha 19-12-88, bajo el Nº 51, folios 139 al 199, Libro 2.....