1°) PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el marco de la solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, LA BIODIVERSIDAD Y EL AMBIENTE propuesta por la abogada en ejercicio Naila Andrade Ramírez, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 12.436, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Agropecuaria Doña Evangelina C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 2 de mayo de 1990, bajo el número 29, tomo 3A, contra cualquier tercero que amenace la actividad agroproductiva desplegada en los fundos denominados "Campo Verde" y "El Chaparral", ubicado el primero – según sus alegaciones- entre los kilómetros 54 y 55 de la carretera Machiques-Colón, municipio Fray Bartolomé de Las Casas, sector Cachamana, municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, y el segundo, en el sector con.....