1°) IMPROCEDENTES las MEDIDAS CAUTELARES DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, DE NO INNOVAR y de CO-ADMINISTRACIÓN solicitadas por la ciudadana CECILIA COROMOTO ROMERO DE HUERTA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número V-4.592.760, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia; inseridas en el juicio que por SIMULACIÓN y NULIDAD DE VENTA, sigue la prenombrada ciudadana contra los ciudadanos JOSÉ ROMERO ROMERO, GLORIA MARGARITA ROMERO DE ROMERO, CARMEN MORÁN DE ROMERO, GILBERTO JOSÉ ROMERO, KARINA DEL VALLE FUENMAYOR DE ROMERO y JOSÉ LUÍS ROMERO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números V-3.272.979, V-3.308.975, V-11.255.835, V-11.722.922, V-11.257.915 y V-7.935.478; y, contra las sociedades mercantiles AGROPECUARIA EL CHUCHO, C.A. (AGROCHUCA), inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha veintiséis (26) de mayo de dos mil cuatro (2004), anota.....